India y Sudáfrica propusieron, ante el Consejo de los ADPIC (Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio) en la OMC (Organización Mundial del Comercio), que se adopte una exención de las disposiciones del acuerdo de los ADPIC, que suspenda los derechos de propiedad intelectual, patentes farmacéuticas y otros derechos de propiedad que interfieren con el debido ejercicio del Derecho a la Salud, sobre todos los medicamentos y tecnologías médicas para la COVID-19, mientras dure esta pandemia.

La propuesta contó con el respaldo de un gran número de países de ingresos bajos y medios, de instituciones globales como ONUSIDA y UNITAID, y de más de 400 organizaciones de la sociedad civil, entre las que figura Fundación GEP. Sin embargo, no consiguió el apoyo de varios de los países más ricos, entre ellos los que cuentan con industrias farmacéuticas fuertes, y la decisión se pospuso hasta finales de diciembre.

¿Sobre qué falacias se erigen los argumentos en contra de esta propuesta y cuáles son los fundamentos para suspender los derechos de propiedad intelectual, que dan cuenta de por qué esta medida sería esencial para garantizar el acceso equitativo a las tecnologías necesarias para que todos los países puedan hacerle frente a la pandemia?

1. La protección de la propiedad intelectual nunca debe aplicarse a expensas de la salud pública

Las normas internacionales de derechos humanos y las normas comerciales sostienen que la protección de la propiedad intelectual nunca debe aplicarse a expensas de la salud pública. Para muchxs, esto parece suficiente. Sin embargo, no siempre se cumple. 

Uno de los ejemplos más notorios fue el que se produjo con la pandemia del VIH durante los ´90, cuando aparecieron los primeros antirretrovirales. En esos tiempos, los precios de estos medicamentos eran tan elevados que resultaban inaccesibles para muchos países: entre 1995 y 2005, millones de personas en países africanos murieron por complicaciones relacionadas con el Sida, mientras que en los países desarrollados el VIH se convertía en una enfermedad crónica tratable. 

2. Tras la pandemia del VIH, hemos aprendido la lección. La experiencia no se repetirá

En el año 2001, durante la declaración de Doha sobre los ADPIC y la salud pública, los representantes coincidieron en que la experiencia del VIH no debía repetirse. Lamentablemente, la historia ha demostrado lo contrario: en 2004, durante la epidemia de gripe aviar, H5N1, los países desarrollados tuvieron acceso prioritario a medicamentos. Poco después, ante el surgimiento de la gripe H1N1, las naciones más ricas compraron por adelantado casi todas las dosis de vacunas que podrían ser producidas. 

Algo similar está ocurriendo ahora frente a la COVID-19: el 13% de la población mundial ya se aseguró más de la mitad de las dosis de las vacunas más prometedoras, ya que la Unión Europea junto con algunas de las naciones más ricas han reservado más del 51% de la capacidad global de estas potenciales inoculaciones, dejando una porción minoritaria para ser compartida entre los países menos desarrollados y en desarrollo.

3. Las salvaguardas de salud o flexibilidades incluidas en los ADPIC son suficientes

En la declaración de Doha sobre los ADPIC y la salud pública se incluyen salvaguardas de salud, también conocidas como flexibilidades, que buscan facilitar el acceso a las tecnologías médicas, como las denominadas licencias obligatorias o compulsivas y las oposiciones a las solicitudes de patentes. Se dice que con estas es suficiente para garantizar el acceso a las tecnologías médicas necesarias. Sin embargo, para hacer efectivas estas salvaguardas es necesario evaluarlas y solicitarlas caso por caso, lo que requiere tiempo y esfuerzos, que se traduce en vidas desatendidas durante la pandemia.

Además, muchas veces suele haber presiones para que los países no usen ese tipo de licencias. 

El reporte de aplicación de la propiedad intelectual de la Unión Europea de 2020, por ejemplo, publicado justo antes de la actual pandemia, cuestiona a diversos países en desarrollo (como Ecuador, India, Indonesia y Turquía) porque tienen leyes que permiten el uso de licencias compulsivas si las patentes de las compañías no incluyen la obligación de apoyar la producción local de medicamentos. De manera similar, el Informe Especial 301 de la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos de 2020, publicado en medio de la actual pandemia, continúa condenando a los países que deciden reforzar sus leyes sobre licencias compulsivas o hacen uso de ellas, como Chile, Colombia, Egipto, El Salvador, India, Indonesia, Malasia, Rusia, Turquía y Ucrania. 

4. Las licencias voluntarias alcanzan para facilitar el acceso a medicamentos

Otro recurso disponible, que algunos defienden como la solución para lograr una distribución equitativa de las tecnologías médicas, son las denominadas licencias voluntarias. Se trata de instrumentos contractuales que, como su nombre lo indica, dejan a criterio de las empresas la posibilidad de elegir en qué países se pueden fabricar y comercializar versiones genéricas. Así, las grandes farmacéuticas las utilizan como una estrategia de marketing a través de la cual se presentan como solidarias, cuando en verdad tienden a convertirlas en acuerdos de fabricación para seguir controlando el mercado

Durante la COVID-19, por ejemplo, ni bien el remdesivir comenzó a recibir aprobaciones de uso de emergencia para tratar esta enfermedad, la farmacéutica Gilead que poseía las patentes estableció un acuerdo de licencias voluntarias no exclusivas con cinco laboratorios, cuatro de India y uno de Paquistán, que excluye a todos los países de América del Sur de acceder a esas drogas de menor costo, perjudicando a las 440 millones de personas que habitan en la región. 

5. Ya existen iniciativas de la OMS para promover el acceso equilibrado

La OMS apoya diversas alternativas, en general basadas en la voluntad y la solidaridad. Una de ellas es el denominado Fondo de Acceso a la Tecnología para la COVID-19 (C-TAP, por su sigla en inglés) que se propone reunir en un único lugar datos, conocimientos y propiedad intelectual relevantes, compartidos de manera voluntaria, que potencien los esfuerzos colectivos en ciencia y tecnología, aceleren el desarrollo de aplicaciones necesarias para atender a la pandemia y amplíen el alcance de estos beneficios. 

Sin embargo, desde su lanzamiento en mayo de 2020 y hasta mediados de octubre, cuando India y Sudáfrica presentaron su propuesta en el Consejo de los ADPIC en la OMC, todavía no había ninguna compañía comprometida con este fondo. 

6. El mecanismo Covax permitirá que haya una distribución equitativa de vacunas

Para acceder a las vacunas en particular, el denominado Covax es tal vez el mecanismo filantrópico más nombrado y conocido. Impulsado por la OMS, la Coalición para las Innovaciones en Preparación para Epidemias (CEPI) y la Alianza para las Vacunas (GAVI), busca facilitar su acceso en los países de menos recursos con la ayuda del aporte de países que sí pueden adquirirlas. El objetivo es que a través de esta iniciativa, en 2021 se logren distribuir 2000 millones de dosis, para lo cual se necesitan alrededor de 7000 millones de dólares. 

Lo que no se conoce tanto, es que las grandes farmacéuticas están presionando a distintos países para que implementen regulaciones específicas, que muchas veces implican ceder soberanía -como la ley que declara de interés público la vacuna contra la Covid-19 en Argentina, sancionada el 29 de octubre-, como requisito para poder ser parte de este mecanismo y reservar dosis de vacunas, necesarias para proteger a una parte de la población. 

7. Sin propiedad intelectual, las empresas no estarán motivadas para invertir

Se afirma que sin propiedad intelectual se desincentiva la innovación ya que las empresas no se verán motivadas a invertir. Sin embargo, para el desarrollo de vacunas y tratamientos para la COVID19, por ejemplo, se estima que más de 70 billones de dólares provinieron de fondos públicos, en su mayoría de gobiernos, incluso de países en desarrollo. En este proceso, además, se han involucrado múltiples actores, incluidos los y las voluntarias de todo el mundo que se han ofrecido a participar solidariamente en los ensayos clínicos necesarios para corroborar la eficacia de vacunas y medicamentos. 

Por otro lado, la evidencia demuestra que en un sector dominado por monopolios e intereses de mercado, las líneas de investigación se han orientado a la búsqueda de desarrollos más rentables que necesarios. Así, por ejemplo, no se han desarrollado nuevos medicamentos para la tuberculosis en más de 40 años ni hubo desarrollos efectivos sobre resistencia antimicrobiana, algo que está en constante aumento y constituye una de las grandes preocupaciones en salud a nivel mundial.

Y no solo eso, en lugar de generar nuevas invenciones y desarrollos, estas grandes empresas transnacionales se esfuerzan por perpetuar sus monopolios a través de los derechos de propiedad intelectual, apelando a lo que se conoce como prácticas de evergreening, mediante las cuales intentan generar nuevas patentes o prolongar las que ya poseen, sobre tecnologías ya existentes.

La única manera de garantizar el acceso equitativo a equipos diagnósticos, tratamientos, vacunas y otras tecnologías médicas es excluirlas de los derechos de propiedad intelectual establecidos por el acuerdo de los ADPIC. Desde GEP, le solicitamos a las autoridades nacionales que consideren la posibilidad de sumarse como co-patrocinadores a la propuesta que India y Sudáfrica valientemente elevaron ante el Consejo de los ADPIC. Suspender tales derechos de todas las tecnologías médicas involucradas con la COVID-19 mientras dure la pandemia es una medida que no solo facilitará el acceso a la salud en los países menos desarrollados sino también en todos los países del mundo.